El testamento notarial es la herramienta más eficaz para proteger a su familia y garantizar que su voluntad se cumpla exactamente como usted desea.
En España, más del 60% de las personas fallece sin testamento. Las consecuencias son siempre las mismas: un proceso sucesorio más largo, más costoso y, con frecuencia, fuente de conflictos familiares que podrían haberse evitado.
Otorgar testamento ante notario es un acto sencillo y económico que da tranquilidad al testador y simplifica enormemente la situación de sus herederos. La notaria Elena García-Argüelles le asesorará sobre las opciones más convenientes para su situación concreta —composición del patrimonio, estructura familiar, objetivos de planificación— y redactará un testamento que refleje con precisión su voluntad.
El testamento original queda custodiado en el protocolo notarial, con la garantía de que no podrá perderse ni destruirse.
La forma habitual y recomendable es el testamento notarial abierto. Las otras modalidades son excepcionales y tienen limitaciones importantes.
Otorgar testamento ante notario es un trámite ágil. En la mayoría de los casos puede hacerse en una sola visita.
La notaria analiza su situación familiar y patrimonial, y le explica las opciones disponibles: legítimas, mejora, legados, sustituciones y cláusulas especiales.
Con la información recabada, la notaría redacta el borrador del testamento. Usted puede revisarlo y solicitar los ajustes que considere oportunos.
El testador comparece ante la notaria con su DNI. La notaria lee el testamento en voz alta, comprueba que refleja la voluntad del testador y lo firma.
La notaria autoriza el instrumento público. El testador recibe una copia simple informativa; el original queda en el protocolo.
La notaría comunica el otorgamiento al Registro General de Actos de Última Voluntad, que lo inscribe con los datos del testador y la notaría.
El testamento es uno de los trámites notariales que menos documentación requiere. Basta con acudir a la notaría con:
El testamento notarial abierto es la forma más segura y habitual en España. El notario asesora sobre las disposiciones más adecuadas, verifica la capacidad del testador y conserva el original en el protocolo notarial. Si fallece sin testamento, los herederos deben tramitar una declaración de herederos ab intestato, un proceso más largo y costoso que a menudo genera conflictos familiares evitables.
Los honorarios por el otorgamiento de testamento están fijados por arancel notarial y son los mismos en todas las notarías de España. El coste es reducido —habitualmente inferior a 50 euros para un testamento sencillo—, dado que los aranceles notariales los regula el Estado. La consulta previa para planificar el testamento es gratuita.
Sí. El testamento es siempre revocable mientras el testador conserve capacidad. Cualquier testamento posterior revoca los anteriores salvo que expresamente se dispongan como complementarios. Es recomendable revisar el testamento tras cambios vitales relevantes: matrimonio, nacimiento de hijos, divorcio o adquisición de bienes importantes.
La legítima es la porción mínima del patrimonio que la ley reserva a los herederos forzosos —descendientes, ascendientes y cónyuge viudo—. En el Derecho común español, los hijos tienen derecho a los dos tercios de la herencia en concepto de legítima —uno de legítima estricta y otro de mejora—, quedando el tercio restante de libre disposición. Solo cabe desheredar a los hijos en los supuestos tasados por el Código Civil (maltrato, injurias graves, etc.), debiendo expresarse la causa concreta en el testamento.
El original del testamento notarial abierto queda custodiado en el protocolo de la notaría autorizante. Además, el notario comunica al Ministerio de Justicia el dato de que se ha otorgado testamento, que queda registrado en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Así, tras el fallecimiento, cualquier heredero puede comprobar si existe testamento y ante qué notaría se otorgó.
Contacte con la notaría para una consulta inicial sin compromiso. Le orientaremos sobre las opciones más adecuadas para su situación y podrá otorgar testamento en una sola visita.